Este artículo explica las complejidades de considerar a las plataformas de servicios de transporte como Uber y Lyft responsables subsidiarias de los accidentes causados por sus conductores en California. Si bien la ley estatal exige una cobertura de seguro de un millón de dólares durante el transporte de pasajeros, la responsabilidad por daños que superen esta cantidad depende de si el conductor está clasificado como empleado o agente. Los factores que indican el "derecho de control" de la plataforma sobre el trabajo del conductor son cruciales para determinar la posible responsabilidad de la plataforma.

Una gran cantidad de litigios, en California y en otros lugares, ha girado en torno a la cuestión de si los conductores de servicios de transporte deben interpretarse como empleados (o agentes) de su "plataforma", lo que hace que la plataforma o el servicio sean responsables indirectos de los accidentes de tráfico causados por negligencia de un conductor.
A partir del 1 de julio de 2015, el AB 2993 se convirtió en ley en California, añadiendo las Secciones 5430 y siguientes al Código de Servicios Públicos. En virtud de estos estatutos, la plataforma de viajes compartidos (denominada "empresa de red de transporte") debe asegurar al conductor mientras transporta a un pasajero por cuenta ajena. Además, la cobertura de seguro de un millón de dólares exigida por ley a la plataforma en caso de siniestro es primaria: "El seguro de la empresa de la red de transporte será primario y por un importe de un millón de dólares (1.000.000 $) en caso de fallecimiento, lesiones corporales y daños materiales". Pub. Util. Code § 5433. Por lo tanto, en los casos en que la indemnización por daños y perjuicios de un demandante lesionado es de un millón de dólares o menos, este requisito legal de seguro niega la necesidad de resolver la cuestión de la situación jurídica del conductor. Hay suficiente cobertura de seguro para cubrir el siniestro.
Sin embargo, en California, en los casos de lesiones personales en los que la posible indemnización por daños y perjuicios de un demandante supera el umbral del millón de dólares del seguro, pueden plantearse cuestiones jurídicas relativas a la posible responsabilidad indirecta de la plataforma de viajes compartidos. En tales casos, lo primero que hay que tener en cuenta es que la parte que trata de evitar una relación laboral tiene la carga de demostrar que las personas cuyos servicios contrata no son empleados. S. G. Borello & Sons, Inc. contra el Departamento de Relaciones Industriales (1989) 48 Cal.3d 341, 349.

(Fuente: SFMTrA, vía Twitter)
La prueba del "derecho a controlar" es el principal factor determinante: "Las decisiones de California que aplican tales estatutos declaran uniformemente que '[l]a prueba principal de una relación laboral es si la persona a la que se presta el servicio tiene derecho a controlar la forma y los medios de lograr el resultado deseado...'". Id. en 350 (cita interna omitida). Más allá de este análisis del "derecho a controlar", los tribunales también tienen en cuenta otros factores para determinar si una persona es empleada de otra. Estos factores incluyen "(a) si el que presta los servicios ejerce una profesión o actividad distinta; (b) el tipo de profesión, con referencia a si, en la localidad, el trabajo se realiza normalmente bajo la dirección del principal o por un especialista sin supervisión; (c) la habilidad requerida en la profesión concreta; (d) si el empresario o el trabajador proporcionan los medios, las herramientas y el lugar de trabajo a la persona que realiza el trabajo; (e) la duración de los servicios; (f) el método de pago, ya sea por tiempo o por trabajo; (g) si el trabajo forma parte o no de la actividad habitual del empresario; y (h) si las partes creen o no que están creando una relación de empresario-empleado." S. G. Borello & Sons, Inc., 48 Cal.3d en 351.
Aunque hasta la fecha ningún tribunal de apelación ha dictado una sentencia dispositiva en cuanto a la responsabilidad indirecta de una plataforma por los actos de su conductor en California, el Comisionado de Trabajo de California ha considerado la cuestión de la condición de empleado de un conductor tras el análisis de los factores enumerados anteriormente, en cuanto a un conductor de la mayor plataforma (Uber) en un caso de salarios y horas. Véanse otros autos incluidos en el expediente en Uber contra Berwick. Nótese particularmente en la página 8 de la Orden del Comisionado Laboral, la conclusión que establece que efectivamente existía un derecho de control por parte de la plataforma de ride-sharing sobre su conductor porque: "Al obtener los clientes que necesitaban el servicio y proporcionar los trabajadores para llevarlo a cabo, los demandados retuvieron todo el control necesario sobre la operación en su conjunto".
Además, el abogado no debe pasar por alto el hecho de que un demandante no tiene por qué prevalecer en la cuestión de la condición de empleo de un conductor de un servicio de transporte compartido para obtener una declaración de responsabilidad indirecta; un servicio también puede ser legalmente responsable de la conducta de su conductor si éste era su agente. La diferencia de adoptar el enfoque de "agencia" en lugar de "empleo" es que la condición de contratista independiente de un conductor se reconoce en la consulta de agencia en lugar de impugnarse cuando se trata de empleo.
"Un agente representa a otro, llamado principal, en el trato con terceras personas". Código Civ. Code § 2295. La representación puede deducirse implícitamente de las circunstancias y la conducta de las partes. Michelson v. Hamada (1994) 29 Cal.App.4th 1566, 157. Cuando existe una relación de agencia: "[Un] principal es responsable ante terceros por la negligencia de su agente en la transacción de los negocios de la agencia...". Código Civ. Code § 2338. El Tribunal Supremo de California ha resumido: "El artículo 2338 del Código Civil, que ha sido calificado como una codificación de la doctrina respondeat superior [cita omitida]... hace responsable al principal de los actos negligentes y 'ilícitos' cometidos por el agente 'en y como parte de la transacción de dicho negocio [de agencia]'". Lisa M. contra Henry Mayo Newhall Memorial Hospital (1995) 12 Cal.4th 291, nota 2 (paréntesis en el original).
Por lo tanto, un contratista independiente (como el conductor de una empresa de transporte compartido) podría ser el agente de la persona o entidad con la que contrata. Véase City of Los Angeles v. Meyers Bros. Parking System, Inc. (1975) 54 Cal.App.3d 135, 138 (énfasis en el original): "Agencia y contratista independiente no son necesariamente categorías legales mutuamente excluyentes... En otras palabras, un agente puede ser también un contratista independiente. [Cita omitida]".
¿Qué factores impulsan el análisis de la existencia o no de agencia cuando se impugna esa cuestión? Como señala la CACI 3704, los factores relevantes desde el punto de vista analítico son los mismos que los que dictan el resultado del análisis empleado/contratista de la responsabilidad vicaria. CACI 3704 afirma además que el: "el factor más importante es si [la empresa de viajes compartidos] tenía derecho a controlar cómo [el conductor] realizaba el trabajo...". Cuando la plataforma en cuestión impone amplios requisitos a sus conductores, controlando casi todos los aspectos de la realización del trabajo del conductor, es más probable que se declare la existencia de una relación de agencia.
Los hechos relevantes en un caso concreto pueden incluir alguno o todos los siguientes. Antes de que se permita a los conductores acceder a algunas plataformas, ¿deben someterse a una comprobación profesional de antecedentes de terceros y/o a una comprobación del DMV? ¿Se descalificará a los conductores si las comprobaciones de antecedentes revelan un historial de condenas penales? Se puede argumentar que tales investigaciones indican el derecho a controlar.
La mayoría de las plataformas exigen que los conductores dispongan de un smartphone capaz de ejecutar su software.
La plataforma suministra el software, o "app", que gestiona su programa de vehículos de alquiler, que a menudo incluye una función GPS especial y patentada. La mayoría exige a los conductores que utilicen su función de mapa para garantizar que la plataforma sepa en todo momento dónde se encuentran sus conductores mientras se dirigen a los puntos de entrega. Por lo general, los clientes también deben utilizar una aplicación designada para solicitar un conductor de la plataforma. Una vez que un cliente solicita un viaje, la aplicación y el sistema GPS conectan las ubicaciones del conductor y del cliente, de modo que cada uno sabe dónde está el otro en tiempo real. Una vez que un conductor recoge a un cliente, la plataforma puede seguir y controlar la ubicación del conductor y el cliente. La aplicación permite a los conductores recoger a otro cliente en cuanto lo dejan. Este control por parte del servicio de transporte del proceso de obtención y seguimiento del cliente puede considerarse un indicio de control.
Un servicio de viajes compartidos también podría definir la idoneidad de los vehículos de los conductores y su aspecto, como el número de puertas, la antigüedad designada, el buen estado de funcionamiento y un número mínimo de asientos. Considere si quienes solicitan ser conductores deben obtener una inspección mecánica de sus vehículos por parte de la plataforma o de quien ésta designe. Algunas plataformas proporcionan a los conductores una imagen comercial distintiva (calcomanías o emblemas) reconocible por los usuarios; cuando están "en modo conductor", puede exigirse a los conductores que exhiban un emblema en el parabrisas delantero y otro en el parabrisas trasero y que muestren estos emblemas de una determinada manera. Se podría argumentar que todos estos hechos demuestran un derecho de control.
El servicio de transporte también puede proporcionar a los conductores identificaciones que les permitan esperar en un lugar designado cerca de las terminales de los aeropuertos, donde también esperan taxis y limusinas. Además, los conductores pueden recibir instrucciones sobre un sinfín de otros detalles que podrían apuntar al derecho de control de la plataforma, como la frecuencia con la que los conductores deben lavar y aspirar sus coches, si deben mantener espacio disponible en el maletero y la prohibición de que sus amigos se reúnan con ellos mientras conducen en la plataforma. Estos vínculos fácticos entre el manejo cotidiano del vehículo del conductor y la plataforma de viajes compartidos pueden ayudar a establecer la existencia de una relación de agencia o de empleo.
El indicio más convincente del derecho de control, o de la ausencia del mismo, puede estar esbozado en la relación contractual vigente entre el conductor y la plataforma, que debe obtenerse en la presentación de la prueba. Por ejemplo, dicho documento puede estipular que la plataforma tiene derecho a "rescindir" el contrato de un conductor en cualquier momento, por cualquier motivo o sin él, sin explicación alguna, con efecto a partir del envío de una notificación por escrito o por correo electrónico. Estos términos del acuerdo son importantes porque: "El derecho a rescindir el servicio en cualquier momento es una fuerte circunstancia que tiende a demostrar el derecho de control". Villanazul v. City of Los Angeles (1951) 37 Cal.2d 718, 721. Véase también, Ayala v. Antelope Valley Newspapers, Inc. (2014) 59 Cal.4th 522, 531 (cita interna omitida): "Tal vez la prueba más contundente del derecho de control es si el contratante puede despedir al trabajador sin causa, porque '[l]a facultad del principal de dar por terminados los servicios del agente le da los medios para controlar las actividades del agente.'"
Además, podría argumentarse que el régimen legal que reconoce la responsabilidad primaria de la "empresa de la red de transporte" por los daños y perjuicios a terceros y las pérdidas sufridas durante la propia empresa comercial apunta a una conclusión de agencia o empleo. Cf., Phelps v. 3PD, Inc. (D. Or. 2009) 261 F.R.D. 548, 556 (certificando una clase de conductores de camiones y señalando la compra de cobertura de seguro como muestra del derecho de control: "Varias disposiciones de los acuerdos de los conductores, que son comunes a todos los conductores ... son relevantes para la cuestión del derecho de control. Estas disposiciones incluyen las normas de servicio ... la compra de cobertura de seguro ... la colocación de marcas o logotipos en los camiones ... y la terminación").
Por último, podría considerarse que el modelo de negocio de una plataforma de viajes compartidos, que consiste en obtener pasajeros que necesitan transporte y proporcionar conductores para satisfacer esa necesidad, muestra un "control generalizado" sobre la operación en su conjunto. Véase, a título ilustrativo, Yellow Cab Cooperative, Inc. v. Workers' Comp. Appeals Bd. (1991) 226 Cal.App.3d 1288, 1295, citando a Borello, supra.
En los grandes casos de lesiones personales de California, en los que la posible condición de un conductor como empleado o agente de una plataforma de servicios de transporte sigue estando en cuestión, todas estas cuestiones de hecho, y muchas otras, serán importantes para la determinación del resultado por parte del tribunal.
En conclusión, la cuestión de la responsabilidad indirecta de las plataformas de transporte compartido en California sigue siendo un ámbito jurídico matizado y en evolución. Mientras que los requisitos legales de seguro del estado ofrecen un cierto grado de protección para los heridos por los conductores de viajes compartidos que transportan pasajeros, el potencial de daños significativos que superan estos límites requiere una comprensión profunda de los principios legales que rodean el empleo y la agencia. La prueba del "derecho a controlar" y los diversos factores considerados por los tribunales de California ponen de relieve el intrincado análisis necesario para determinar si una plataforma puede ser considerada responsable de los actos negligentes de sus conductores.
Para las personas lesionadas en California por un conductor de viaje compartido, especialmente en casos que involucran daños sustanciales, navegar por estas complejidades legales sin un abogado con experiencia puede ser desalentador. Comprender los posibles argumentos para establecer una relación laboral o de agencia con la plataforma de viajes compartidos es crucial para obtener una indemnización completa y justa. El control operativo detallado que a menudo ejercen estas plataformas sobre sus conductores presenta argumentos convincentes para la responsabilidad indirecta, y un abogado experto puede reunir meticulosamente pruebas y construir un caso sólido basado en estos precedentes legales y circunstancias de hecho.
A medida que la "economía gig" continúa dando forma a las prácticas laborales y de transporte, la resolución definitiva de los tribunales de apelación de California sobre la responsabilidad de las plataformas de viajes compartidos tendrá implicaciones significativas para la ley de lesiones personales. Hasta que surja tal claridad, las partes lesionadas deben confiar en la experiencia de los abogados que entienden las complejidades de estos casos y están preparados para explorar todas las vías de recuperación potencial, incluyendo la celebración de las plataformas de viaje compartido responsables de las acciones de sus conductores cuando esté justificado por los hechos y la ley.
Sólo el tiempo dirá cómo resolverán los tribunales de apelación esta cuestión, crítica en la aplicación del derecho de daños a esta "gig economy". "